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Multa por 5 UTM.

TRICEL se pronunciará respecto de reclamación interpuesta por el administrador electoral de una ex candidata a Diputada sancionado por no presentar cuenta general de ingresos y gastos electorales.

El reclamante expone que es el cónyuge de la ex candidata, y que en la campaña solo contaron con dineros y aportes propios y apoyo de voluntarios.

19 de junio de 2019

El Tribunal Calificador de Elecciones se pronunciará respecto de la reclamación interpuesta en contra de la Resolución G207 del Servicio Electoral, que aplicó procedimiento administrativo sancionatorio a Pedro Aguirre Baeza, administrador electoral de Myrna Sepúlveda Zamudio, ex candidata a diputada por el Distrito N° 7, Región de Valparaíso, sancionándolo con una multa de 5 UTM a beneficio fiscal por infracción al artículo 47 de la LOC sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

En su libelo, el reclamante expone que es el cónyuge de la ex candidata, y que en la campaña solo contaron con dineros y aportes propios y apoyo de voluntarios, dado que él es jubilado y ella es una abogada que se dedica en forma libre al ejercicio de la profesión. Por lo anterior, solicita que se autorice a pagar la multa impuesta en cinco mensualidades, o lo que estime a bien el TRICEL.

Corresponde ahora que el Tribunal Calificador de Elecciones se pronuncie sobre esta reclamación.

 

 

 

 

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