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En fallo unánime.

TOP de Iquique decreta expulsión del país de condenados por tráfico de drogas.

El Tribunal aplicó, además, a las sentenciadas las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, más el pago de una multa a beneficio fiscal de 3 UTM.

14 de mayo de 2019

En fallo unánime, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a Andrea Mascaya Arteaga, Debra Cruz Mancilla, Gabriela Putare Suárez y Marina Quispe de Mita a penas de 3 años y un día de presidio, en calidad de autoras del delito de tráfico de estupefacientes. Ilícito descubierto en octubre del año pasado, en la avanzada de Quillagua, en el límite con la Región de Antofagasta.
El Tribunal aplicó, además, a las sentenciadas las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, más el pago de una multa a beneficio fiscal de 3 UTM.
Por cumplirse en la especie los requisitos legales, el Tribunal sustituyó la pena privativa de libertad de las ciudadanas bolivianas por la de expulsión del territorio nacional, quedando con prohibición de regresar al país por el término de 10 años, contados desde la fecha en que la sentencia quede a firme.
Además, una vez ejecutoriado el fallo, el Tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de las sentenciadas para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en registro nacional de ADN de condenados.
El Tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 2 horas de la madrugada del 7 de octubre de 2018, funcionarios de Aduanas apostados en la Avanzada de Quillagua, fiscalizaron a los pasajeros de un bus de la empresa Salvador con destino en Antofagasta, descubriendo que Debra Cruz Mansilla, Gabriela Putare Suárez, Andrea Mascaya Arteaga y Marina Quispe de Mita, transportaban adosado a sus cuerpos, respectivamente, 1974,1 gramos, 2.002,2 gramos, 1967,4 gramos y 1998 gramos netos de pasta base de cocaína.

 

Vea texto íntegro de la sentencia rol 217-2016

 

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