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Presentan proyecto que busca incentivar protección de los derechos de los consumidores.

El objetivo principal del proyecto ingresado por el Ejecutivo es establecer medidas para incentivar la protección de los derechos de los consumidores, modificando el derecho a retracto.

14 de marzo de 2019

El mensaje busca modificar el derecho a retracto ya contemplado en la ley respecto de las compras celebradas por medios electrónicos y en aquéllos en que se aceptare una oferta realizada a través de catálogos, avisos o cualquier otra forma de comunicación a distancia. En concreto, se busca eliminar la potestad que tienen los proveedores de disponer expresamente que no procede el derecho a retracto en la contratación asociada a productos y traslada el ejercicio de dicho derecho a los consumidores.

Por otro lado, en cuanto a contratos de adhesión por medios electrónicos, se propone que los proveedores informen siempre a los consumidores los medios físicos y tecnológicos a través de los cuales podrán hacer efectivos sus derechos y poner término a los contratos, según lo establecido en los mismos, y que, en ningún caso se podrá exigir condiciones más gravosas que aquellas utilizadas para la contratación.

Otro punto abordado es el derecho de prepago, establecido en el art. 10 de la Ley 18.010, que consagra una garantía irrenunciable del deudor, pero que está sujeto a un límite de 5.000 UF en cuanto al monto del capital cuyo pago puede ser anticipado.

Asimismo, el mensaje también clarifica el derecho de opción del consumidor entre la garantía legal y las denominadas garantías voluntarias o convencionales. "Entendiendo la necesidad de lograr una efectiva protección de los derechos de los consumidores, una garantía legal no puede ser desplazada por una garantía voluntaria o convencional. Por ello, se propone establecer la libre        elección del consumidor para que pueda optar derechamente a alguno de los derechos del artículo 20 de la ley N° 19.496, o por aquella garantía otorgada por el proveedor", se detalla.

Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca fortalecer el derecho del consumidor a ser informado con anticipación respecto del procedimiento en caso de denegación del embarque por la aerolínea en caso de sobre venta y, en ese caso, de cuáles son las medidas de mitigación y compensación que tendrá a su favor.

Junto con lo mencionado, el proyecto ajusta las compensaciones según estándares internacionales y modifica la fórmula de cálculo de las indemnizaciones que correspondan, cuyo monto se determinará según la diferencia entre la hora de llegada y la prevista para el vuelo inicialmente reservado y no según la hora de salida respecto a la prevista para el vuelo inicialmente reservado, como lo dispone la ley vigente.

También, se establecen nuevos deberes de información junto con una sanción contravencional en la Ley sobre protección de los derechos de los consumidores, frente a su incumplimiento.

Por último, el proyecto, siguiendo el ejemplo del e-prescribing de países desarrollados, como Estados Unidos, Canadá y el Reino Unido, se propone eliminar el requisito de la firma electrónica avanzada para las recetas electrónicas y, para efectos de seguridad y trazabilidad en la entrega de medicamentos, se propone la creación de una Central Electrónica de Recetas, a la que cada facultativo podrá enviar las recetas electrónicas que prescriba. En el caso de recetas retenidas y recetas cheque, tendrán acceso solo los proveedores de medicamentos certificados y autorizados por el paciente.

Así, bastará para los pacientes ingresar su rol único tributario en la página web de las farmacias, para que ellas verifiquen la existencia de la receta en la Central Electrónica de Recetas y expendan el medicamento de forma online, pudiendo ser entregado en la dirección que determine el paciente.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo de la Cámara de Diputados.

 

 

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

 

 

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