La Corte Suprema confirmó la sentencia que declaró inadmisible la acción de amparo deducida por un ciudadano en contra del Director General de la PDI, Director General de Carabineros, Ministro del Interior y Ministro de Relaciones Exteriores, por la imposibilidad de ingresar a nuestro país desde Argentina, ya que en el sistema figuraría con alguna medida privativa de libertad, orden de captura o similar. Lo anterior se relacionaría con una causa penal antigua en la cual el recurrente habría sido absuelto, sin que se alzaran las órdenes de arresto respectivas, lo cual afectaría el derecho a libre circulación del recurrente.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de Santiago manifestó que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada, por lo cual la acción de amparo intentada no puede ser acogida a tramitación.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada.
Vea textos íntegros de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 5441-2019 y de la Corte de Santiago Rol 235-2019.