El TC admitió a trámite requerimientos de inaplicabilidad que impugnan lo dispuesto en los artículos 23 inciso 3º y 24 inciso 1º del Decreto Ley N°3.063, Ley sobre Rentas Municipales, que regulan lo relativo a la pago de patentes municipales en relación a actividades profesionales, industriales o comerciales.
Las gestiones pendientes invocadas inciden en sendos recursos de casación en el fondo, que conoce la Corte Suprema que pretenden anular una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que desestimó reclamo de ilegalidad.
Los requirentes estiman que aplicar las normas impugnadas contraviene el principio de legalidad tributaria, al permitir que sea el Presidente de la República quien determine un hecho esencial del tributo, como es el hecho gravado. Por otra parte, la aplicación del inciso 1º del artículo 24 gravaría a una persona jurídica por el sólo hecho de ser tal, y no por las actividades que desarrolla o los bienes que posee, lo que igualmente pugna con la Carta fundamental.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad de los requerimientos, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el término de diez días a la Municipalidad de Las Condes. En el caso que se declaren admisibles, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de las impugnaciones.
Vea texto íntegro de los requerimientos y de los expedientes Roles N°s. 2134 y 2135.
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