En causa por accidente de tránsito, lesiones leves y graves investigadas por el Ministerio Público, se remitió por éste al Juzgado de Policía Local de Copiapó, los antecedentes respecto de las lesiones leves sufridas por una persona. No obstante ello, se mantuvo en el ente persecutor la investigación por las lesiones graves sufridas por otro individuo.
El referido Juzgado de Policía Local, frente al actuar del ente persecutor, solicitó a la Corte de Apelaciones de Copiapó tener por trabada contienda de competencia, por considerar que no es procedente que el mismo hecho sea conocido al mismo tiempo por 2 tribunales diferentes, no obstante la distinción de lesiones, por atentar en contra del principio non bis in idem.
Atendido el mérito de los antecedentes, el tribunal de alzada remitió los antecedentes al Tribunal Constitucional por corresponderle el conocimiento del asunto conforme al artículo 93 N°12 de la Carta Fundamental.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 2076.
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