Se dedujo acción de amparo económico en contra de Carabineros de Chile por parte de una empresaria que denuncia el habitual e indebido retiro de circulación de sus buses por parte de personal policial, señalándole que le podían retirar todos sus buses de circulación. Agrega que formuló una denuncia por violencia innecesaria que ante la Fiscalía Militar de Valparaíso y que así se le ha impedido trabajar a cada uno de sus vehículos de 2 a 3 días. Estima que tal actuación es arbitraria y antojadiza, vulnerando su derecho a desarrollar su actividad económica legítima.
Iniciada la causa como amparo económico, la Corte de Valparaíso, ordenó sujetarla al régimen del proceso de protección.
La policía informó que ha cursado infracciones por efectuar servicio de transporte de pasajeros en un modalidad distinta a la inscrita y que respecto de los supuestos malos tratos, se formuló por la institución una denuncia ante la fiscalía local.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió la acción constitucional, al constatar que el retiro de los vehículos se ha verificado fuera de los casos y formas permitidos por la ley, hecho que “efectivamente provoca a la recurrente un menoscabo a su derecho a desarrollar una actividad económica en los términos previstos en el artículo 19 Nº 21 de la Constitución Política de la República”, motivo por el cual la acción es acogida parcialmente, “sólo en cuanto Carabineros deberá abstenerse se retirar los buses de la recurrente en idénticas circunstancias a las que motivan el presente recurso”.
Vea texto íntegro de la sentencia.
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