El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 136, inciso primero, parte primera, de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
La gestión pendiente incide en autos penales, seguidos ante el Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Natales, en actual conocimiento de la Corte de Punta Arenas por recurso de nulidad, en los que los requirentes fueron condenados por derramado combustible debido a su falta de cuidado o negligencia.
Los requirentes estiman que el precepto impugnado infringiría el principio de legalidad de la pena, ya que el tipo incluido en él no incluye la conducta que se les reprocha, por lo cual el juez penal, al integrar la norma y aplicarla por analogía, se convirtió en un verdadero legislador.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió “traslado a las demás partes de la gestión pendiente, por el término de 10 días”.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del expediente Rol N° 4247-18.
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