Principio consagrado en el numeral dos del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental, a través del cual, todo esclavo es libre por el solo hecho de entrar al territorio chileno, aunque sea de paso.
Artículo 19, Nº 2 de la CPR.
Abolición de la esclavitud Todo esclavo es libre por el solo hecho de entrar al territorio chileno.