La moción de los diputados Becker, Bertolino, Browne, Godoy, Monckeberg Bruner, Monckeberg Díaz, Pérez, Rojas, Rubilar y Sabat, expresa que el Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad parcial en la voz “vías locales” durante el control de constitucionalidad de la Ley N° 20.499, que regula el cierre de calles y pasajes por motivos de seguridad, considerando que se ajustaba a la Carta Fundamental sólo el cierre de calles o pasajes que tengan una única vía de acceso y salida. (Véase relacionado)
Observa luego que las consideraciones que llevaron a la Magistratura Constitucional a tomar esa decisión fue principalmente la amplitud del “concepto legal de vía local”, y que tal amplitud podría afectar “el ejercicio del derecho a la libertad de circulación por las mismas, que es parte del conjunto de garantías de la libertad ambulatoria contenidas en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución”.
Con el objeto de conciliar la necesidad de brindar resguardo a la ciudadanía, con el respeto a las garantías tuteladas por la Carta Fundamental evitando el cierre propiamente tal, proponen introducir modificaciones a la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, de manera tal que tratándose de vías locales cuya longitud no exceda los cien metros, podrá concederse autorización para el establecimiento de medidas de control de acceso por un plazo de hasta cinco años, teniendo a la vista informes de Carabineros y de la dirección o unidad del tránsito de la comuna, los que certificaran la necesidad de dicha medida en atención a la seguridad de los vecinos, y su conveniencia de acuerdo al impacto vial respectivamente.
Asimismo, corresponderá a la Dirección de Obras Municipales respectiva certificar que una vía local no excede la longitud autorizada; entre otros preceptos que el proyecto de ley consulta.
Vea texto íntegro de la moción Rol N° 7823-06.
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