La Constitución asegura a todas las personas el respeto y protección de la vida privada y a la honra de la persona y su familia.
La moción de los diputados Becker, Browne, Cardemil, Godoy, Martínez, Pérez, Rivas, Sabat, Santana y Verdugo, expresa que por hecho de figurar una persona en un boletín comercial, impide que ella mejore su capacidad económica, y en consecuencia, pueda pagar las deudas contraídas.
Observa luego que existen personas que se endeudan para completar sus estudios y por el hecho de aparecer en “Dicom” o en otro boletín comercial, tendrá “dificultades para encontrar trabajo, y por ende, no logrará saldar la deuda adquirida”.
Con el objeto de consagrar que “si una persona ha contraído una deuda, a partir de un crédito para poder estudiar en una Universidad, Instituto Profesional o Centro de Formación Técnica”, y que dicha información “no sea revelada en un boletín comercial”, proponen modificar la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada, de manera tal que los datos personales de aquellas personas que estuvieren en situación de mora, por el pago de un crédito para estudios de educación superior o técnica, a través del Fondo Solidario de Crédito Universitario, o del Crédito con Garantía del Estado, introducido por la Ley N° 20.027, serán considerados siempre datos sensibles.
Vea texto íntegro de la moción.
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