El requerimiento no fue acogido a tramitación luego de verificarse que el actor no cumplió con la resolución que, para resolver sobre su admisibilidad le ordenaba acompañar diversos antecedentes referidos a la causa judicial pendiente y en la que incidiría la pretensión.
La sentencia cita lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, para poner de relieve que al requerimiento deberán acompañarse, en su caso, copias íntegras “de los instrumentos, escritos y demás antecedentes invocados”.
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Primera Sala.
TC declaró inadmisible acción de inaplicabilidad que impugnaba norma de la Ley de Isapres al no acompañarse antecedentes solicitados por el Tribunal.
La sentencia cita lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, para poner de relieve que al requerimiento deberán acompañarse, en su caso, copias íntegras “de los instrumentos, escritos y demás antecedentes invocados”.
20 de mayo de 2009