La moción de los diputados Delmastro, Díaz, Melero, Monckeberg, Montes, Moreira, Saa, Saffirio y Tarud, expone que en pleno siglo XXI el “concepto de soberanía e independencia absoluta de los Estados se encuentra cada vez más relativizado por los compromisos que éstos asumen como consecuencia de su participación en la comunidad internacional” y que el “radio de acción de los Estados y sus autoridades se encuentra cada vez más condicionado por procesos internacionales de integración política y económica que les imponen significativas obligaciones en materia legislativa”.
Observa luego que la Constitución entrega al Presidente de la República la conducción de las relaciones internacionales con las potencias extranjeras, y llevar a cabo las negociaciones; concluir, firmar y ratificar los tratados que estime convenientes para los intereses del país, los que –en todo caso- deberán ser sometidos a la aprobación del Congreso. Aducen que lo anterior, deja de manifiesto que la participación del los parlamentarios en lo referido a aprobación de los tratados internacionales “resulta menguada”.
Con el objeto “de replantear el rol del Parlamento en las Relaciones Exteriores, de modo que sin restar al Ejecutivo la facultad de conducir las relaciones internacionales y llevar a cabo las negociaciones sobre los tratados, pueda traspasar al Congreso Nacional una mayor información respecto de éstos, en sus etapas previas, y particularmente, acerca de sus implicancias en la legislación interna”, proponen modificar la Ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, de manera que el Presidente de la República cuando someta a la consideración del Congreso un tratado internacional, indique especialmente y en forma pormenorizada las modificaciones legales y administrativas que dicho acuerdo implicará en el ámbito nacional.
También la iniciativa crea una Comisión Mixta Permanente de Relaciones Exteriores destinada a conocer de las negociaciones que se desarrollen con miras a la suscripción de tratados internacionales, las implicancias y efectos de tales acuerdos para la legislación interna. Asimismo, tal comisión realizará un seguimiento de los acuerdos suscritos por el país y acerca de la gestión de los representantes nacionales ante los organismos supranacionales.
Dicha instancia estará compuesta por trece diputados y trece senadores. Formarán parte de ella, en todo caso, los miembros de las comisiones de Relaciones Exteriores de cada Corporación y elaborará, en el mes de diciembre de cada año, un informe anual referido a negociaciones en curso, seguimiento de tratados vigentes e implicancias de unos y otros en la legislación interna y acerca de la participación de representantes de nuestro país ante organismos supranacionales, contando para ello con un pre informe emanado, a más tardar en septiembre de cada año, por el Ministerio de Relaciones Exteriores; entre otras normas que el proyecto de ley consulta.
Vea texto íntegro de la moción.
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