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Reforma constitucional.

Proyecto establece iniciativa ciudadana de ley.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

21 de agosto de 2017

La moción de los diputados Arriagada, Chahin, Espinoza, Hernando, Jarpa, Meza, Pascal, Pérez, Robles y Sepúlveda expone que en la actualidad la ciudadanía pide una mayor participación en las decisiones que se toman en el país. Así, diversos movimientos sociales que se han generado en los últimos años han buscado tener un espacio político para plantear sus puntos de vista de una diversidad de temas. En este sentido, que los ciudadanos puedan presentar proyectos de iniciativa legislativa permite conocer de antemano las inquietudes que existen en la ciudadanía sin tener que llegar a descontentos generalizados, como los que han sucedido en el pasado, lo que permite tener una mejor comunicación entre representados y representantes. Además, el entender que las y los ciudadanos de Chile pueden proponer discusiones de forma directa en el Congreso Nacional lleva, además, implícito reconocer el poder soberano que se consagra en el artículo 5° de nuestra carta fundamental. Las iniciativas de leyes ciudadanas, si bien es cierto que redundan en una homologación o símil de la creación de proyectos de ley que tienen como origen la Cámara de diputados o en el Senado, también dan un reconocimiento a las organizaciones ciudadanas que muchas veces son sin fines de lucro y que cuya única motivación es cambiar un aspecto de la sociedad.

La moción agrega que muchos países de Latinoamérica contemplan mecanismos en que los ciudadanos son capaces de presentar proyectos o mociones al poder legislativo: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, México, Nicaragua, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela son sociedades que tienen un mecanismo que se enfoca en que estas propuestas de ley tengan un patrocinio determinado por un número de firmas que representan un determinado porcentaje del padrón electoral. Así, en la actualidad en América del Sur sólo tres países no contemplan mecanismos en que la ciudadanía pueda presentar proyectos directamente al poder legislativo: Chile, Guyana y Surinam.

Por tanto, los autores de la iniciativa indican que se busca que el trabajo proactivo de la ciudadanía se lleve a cabo a través de la Iniciativa Ciudadana de Ley (ICL), en el que, cumpliendo determinados requisitos, los ciudadanos podrán presentar proyectos al Poder Legislativo para sean discutidos como cualquier otro proyecto presentado por quienes han ostentado esta función tradicionalmente.

En razón de lo expuesto, esta moción modifica el artículo 65 de la Constitución Política de la República, agregando que las leyes pueden tener como origen la Iniciativa Ciudadana de Ley, y señalando que estas deberán adjuntar a lo menos el 0,5% de firmas del padrón electoral vigente.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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