El Tribunal Constitucional de España admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Presidente del Gobierno contra los artículos 2 a), 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 12.1 en la parte final de su primer párrafo, la disposición adicional primera y el inciso final del primer párrafo de la disposición adicional segunda de la Ley de Extremadura 7/2016, de 21 de julio, de medidas extraordinarias contra la exclusión social.
Cabe recordar que la ley extremeña permite el acceso a la asistencia sanitaria pública a los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España, por lo que el Gobierno considera que la ley amplia el ámbito subjetivo de cobertura en materia sanitaria: norma que fue aprobada por la Asamblea de Extremadura el mes de julio de 2016 con los votos de PSOE y Podemos y la abstención del PP y Ciudadanos.
El Pleno de la Magistratura Constitucional española acordó conferir traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a la Junta de Extremadura y a la Asamblea de dicha comunidad Autónoma, los que dispondrán de quince días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.
Vea textos íntegros del comunicado y de la resolución.
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