El Primer Juzgado de Letras del Trabajo rechazó la demanda de tutela laboral presentada por Ricardo Herrera Rocuant en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores por una supuesta discriminación al no otorgarle destinación en el extranjero por su edad.
La sentencia del Tribunal sostiene que de acuerdo a la prueba directa antes analizada, queda demostrado que la elección de los funcionarios para servir cargos en el extranjero se encuentra sujeta a las necesidades del servicio, vacantes disponibles, presupuesto y otros factores, constituyendo una atribución de la respectiva autoridad, quien decide discrecionalmente de conformidad al procedimiento de postulación previamente establecido y en virtud del cual se forma una propuesta técnica, con todo el personal idóneo para cumplir la función requerida, siendo una facultad privativa de la autoridad decidir a quién nombra.
La resolución agrega que en consecuencia, entendiendo que la discriminación es la diferencia arbitraria, desigualdad de trato carente de justificación objetiva y razonable, en el caso sub lite no ocurre, mas constituye una prerrogativa de la autoridad administrativa el elegir de entre los postulantes que se contienen en la propuesta técnica, la cual se elabora de acuerdo a factores y variables objetivas que deben cumplir los postulantes a los diversos cargos vacantes, todo lo cual nos lleva a concluir que no ha existido discriminación por razones de edad al actor.
Vea texto íntegro de la sentencia.
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