Uno de los factores que inciden en la eficacia de las normas jurídicas, además de la fiscalización, es el de la facilidad y rentabilidad del ejercicio de acciones judiciales tendientes a proteger los derechos establecidos en dichas normas. Precisamente este ha sido la gran dificultad en la materia de Derecho del Consumidor, pues la baja cuantía de muchas de las pretensiones, y la falta de cobertura de las instituciones que otorgan servicios jurídicos gratuitos, hace muy improbable que las infracciones a la ley, y daños de baja cuantía causados a los consumidores sean perseguidos judicialmente. Las Corporaciones de Asistencia Judicial, salvo algunos excepcionales proyectos, no tienen cobertura en Juzgados de Policía Local, y muy pocas personas, aun teniendo los recursos para hacerlo, están dispuestas a invertir en los honorarios de un abogado que pueden resultar más onerosos que lo pretendido en juicio. En este escenario, la indefensión del consumidor es decisiva.
La nueva Ley de Protección al Consumidor que entrará en vigencia, establece que los consumidores que no cuenten con los medios para costear su defensa, serán asistidos por la Corporación de Asistencia Judicial correspondiente. Esta es una solución parcial al problema por dos razones. La primera, porque aún persiste la dificultad de lo poco rentable que resulta invertir en honorarios de abogados para acciones judiciales de bajas cuantías, lo que pudo haberse resuelto con otro tipo de estructuras procesales como procedimientos monitorios de bajo costo o comparecencia personal con facultades de oficio reforzadas para el juez. La segunda razón es que la ley se limita a imponer a las Corporaciones de Asistencia Judicial la carga de iniciar una nueva línea de servicios en juzgados de Policía Local, lo que no depende sólo de una decisión administrativa, sino de la gestión de recursos económicos nuevos para implementarla, pues presumiblemente dichas instituciones no cuenten con capacidad disponible para reorientarlas, hacia esta nueva línea de trabajo. Sea como fuere, el desafío deberá salvarse con buena gestión, pero también, con el eventual concurso de otras instituciones que tengan la voluntad de invertir los recursos necesarios para implementar esta nueva línea de servicios.
Ricardo Pérez de Arce
Director de Departamento de Derecho Procesal U. San Sebastián.
De acuerdo con una perspectiva tradicional, las empresas, en todas sus formas y tamaños, no son apoyadas por medio del sistema público de atención jurídica gratuita, al obrar bajo la premisa de que estas organizaciones están en condiciones de pagar una asesoría especializada.
Esta idea es un prejuicio común, basado en un estudio realizado por Pymer, un cuarenta por ciento de los empresarios de pymes en Chile ha perdido oportunidades de venta debido a falta de capital del trabajo, y un cuarenta y siete por ciento a cancelado proyectos por falta de financiamiento a largo plazo. Estas cifras nos muestran una lógica completamente distinta, organizaciones que no cuentan con el capital necesario para cerrar actividades empresariales que podrían mejorar su crecimiento, perdiendo oportunidades concretas de negocios debido a falta del capital necesario para poder desarrollarlas.
Cuando la nueva ley de protección de derechos del consumidor acepta la incorporación de una atención gratuita a favor de los consumidores, a la vez, y en forma involuntaria, obliga a las pequeñas y medianas empresas a asumir costos con miras a defenderse de cualquier reclamo que presente un consumidor, con o sin asidero, afectando en forma concreta los resultados operacionales de dichas organizaciones.
Para los consumidores es un avance sustancial, contar con el respaldo del SERNAC y potencialmente de una corporación de asistencia judicial (o clínica jurídica) que los defienda en juicio, lo que necesariamente implica un incentivo a la judicialización de estos juicios. Pero desde la perspectiva de las pequeñas y medianas empresas, que corresponden a la mayor parte de las organizaciones comerciales sujetas a fiscalización potencial, la reforma los afectará negativamente en sus resultados, al incorporar costos de transacción nuevos a ser asumidos por empresas que no cuentan con la sofisticación ni los recursos para enfrentar una modificación de esta envergadura sin apoyo estatal.
Queda como tarea pendiente, especialmente para las Clínicas Jurídicas, el asumir el apoyo de estos emprendedores, que requieren un mayor apoyo para seguir aportando al desarrollo, con una asesoría permanente que les permita contar con mejor información para tomar decisiones dentro del marco de la legislación vigente.
Abogado. Directora de la carrera de Derecho de la Universidad San Sebastián.