¿El Tribunal Constitucional debe mantener su autonomía o sus funciones debieran limitarse?
Hay que sopesar por una parte lo importante que es que haya un control de este tipo versus los riesgos que trae asociados, y me parece que la experiencia en Chile inclina a la balanza de que los riesgos son demasiados.
¿A qué se debe que la oposición plantee ideas que buscan directamente eliminar al TC?
Los déficits de nuestro Tribunal Constitucional han sido precisamente eso, que tiene una baja legitimidad desde el punto de vista del diseño institucional; cómo se integra, quiénes lo integran, no en términos personales, sino que cómo llegan a ser nombrados. Segundo, las calidades técnicas del propio Tribunal. Y tercero, desde el punto de vista de la legitimidad social, su capacidad de consolidarse como una instancia que resuelve las cosas importantes desde un punto de vista constitucional y no partidario.
Cuando tenemos una instancia constitucional que no está legitimada ni jurídica ni socialmente, obviamente son pocas las voces que surgen para defenderlo.
A mí lo que me preocupa es que una mala evaluación del Tribunal Constitucional esté llevando a ciertas voces a decir que en Chile no se requiere un órgano de protección de derechos de carácter constitucional, o un órgano que tenga una clara vocación contra-mayoritaria, me parece que eso sí es peligroso como diseño institucional para la democracia en Chile.
¿Realizaría mejoras al rol y funcionamiento que cumple el Tribunal Constitucional?
A mí lo que me interesaría es que, cualquiera sea la figura que se use, sea una institución técnica, que sea una institución claramente con funciones en materia de protección de derechos, que no tenga funciones como tercera cámara.
Me parece que lo importante es que nos pongamos de acuerdo: ¿cuáles son los fines que debiera cumplir un Tribunal Constitucional o una sala constitucional en esta materia?