La moción del senador Navarro, expone que hasta el año 1973 la Comisión de Defensa del Senado, revisaba anualmente y cuando las circunstancias así lo requerían, la propuesta que el gobierno hacía respecto de los oficiales que obtenían los grados de coroneles y capitanes de navío, así como los futuros integrantes del alto mando, los generales y almirantes de la Fuerzas Armadas; posteriormente con su informe, era la Sala del Senado, la que aprobaba, dicho ascensos.
Observa luego que desde los inicios de la República, esta exigencia y criterio se utilizó en Chile por más de 160 años, plasmándose en los diferentes textos constitucionales, y cuya facultad del Senado rigió en plenitud hasta la vigencia de la Constitución de 1925.
Asimismo, recuerda que el Estatuto de la Junta de Gobierno, en 1974, mantiene este criterio de nombramiento con aprobación de dos poderes del Estado, consagrándolo en su artículo 13°, señalando: “Con acuerdo de la Junta de Gobierno, el Presidente conferirá los empleos o grados de oficiales generales, mediante decreto supremo. Para la provisión de los empleos o grados de Coroneles o Capitanes de Navío, se estará a lo dispuesto en los reglamentos de las instituciones”.
De esa manera, el autor de la iniciativa sostiene que la tradición republicana antes expuesta se vio interrumpida para el Golpe de Estado de 1973, motivo por el cual y con el objeto restablecer la facultad que históricamente tuvo el poder legislativo y en este caso el Senado, por 162 años, desde 1818 y hasta 1980, propone una reforma constitucional al artículo 53 de la Carta Política, que establezca que los Ascensos a Oficiales Superiores, Generales y Almirantes de las FFAA, que hace el Ejecutivo, deba contar con la aprobación del Senado.
Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.
Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.
RELACIONADO
* Proponen descomplejizar sistema de nombramiento de Ministros que integran Tribunales Ambientales…