Los diputados Valenzuela, Enriquez-Ominami y Escobar, señalan que se ha advertido que la Ley Nº 19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, ha resultado insuficiente para garantizar que los procesos eleccionarios cumplan efectivamente con el principio de transparencia. Esa legislación es perfectible, agregan, si se establecen nuevos principios de responsabilidad y se regula de una manera más exhaustiva el proceso de rendición de cuentas.
No obstante ello, resulta prudente insistir y consagrar a nivel constitucional las sanciones a las que se expondrán quienes vulneren las disposiciones de la citada ley.
Con tal objeto proponen agregar en el artículo 18 de la Carta Fundamental una norma que establezca que la ley orgánica constitucional, que regula el sistema electoral público, “establecerá también un sistema de financiamiento, transparencia, límite y control del gasto electoral; y podrá establecer que la comisión de determinados delitos mencionados en ella, traerá aparejada la cesación en el cargo público para el infractor que haya resultado electo en una votación popular; del mismo modo podrá establecer causales de inhabilidad para quienes hubieren sido condenados previamente por alguno de los delitos señalados”.
Noticias
Principio de transparencia.
Moción propone reformar la Constitución para incorporar una nueva causal de pérdida del cargo de ciertas autoridades por contravenciones a la ley de gasto electoral.
Esa legislación es perfectible, agregan, si se establecen nuevos principios de responsabilidad y se regula de una manera más exhaustiva el proceso de rendición de cuentas.
23 de octubre de 2008