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Segunda sala.

TC admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma que incide en proceso para sustraer inmueble de declaratoria de utilidad pública.

La gestión pendiente invocada recae en autos sobre juicio ordinario seguidos ante el 13° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago.

30 de octubre de 2016

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso primero del artículo transitorio de la Ley N° 20.791 que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones en materia de afectaciones de utilidad pública de los planes reguladores, el cual dispone la declaración de utilidad pública de ciertos terrenos.

La gestión pendiente invocada recae en autos sobre juicio ordinario seguidos ante el 13° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión pendiente, individualizadas en el respectivo certificado de autos.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 3250-16.

 

 

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