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Por decisión del Consejo.

INDH acuerda entregar a titulares documentos del Archivo Valech.

Indica el INDH que esta resolución es un paso hacia la apertura y facilitación al acceso de esta información.

20 de octubre de 2016

El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) confirmó en su última reunión la disponibilidad de entrega a las personas reconocidas como víctimas de prisión política y torturas de sus antecedentes recogidos en el Informe Valech y que están contenidos en el archivo de documentos creadas por la comisión investigadora.

Cabe recordar que el Archivo Valech contiene información sobre la represión a lo largo de todo Chile, que identifica más de 1.100 recintos de detención, y recogió los testimonios de más de 70 mil personas –de las cuales más de 30 mil fueron calificadas-  está bajo custodia del INDH, organismo que ha iniciado su digitalización para la preservación de los documentos, así como para entregarlos a sus titulares.

Al efecto, indica el INDH que esta resolución es un paso hacia la apertura y facilitación al acceso de esta información, tanto para ser usada por los tribunales de justicia como para la memoria histórica. En 2003, cuando se difundió el primer Informe Valech que reconoció la calidad de víctimas a más de 30 mil personas, fue aprobada una ley de reparación que incluyó además el secreto de 50 años para los testimonios, incluso para los tribunales de justicia.

Si bien hasta el momento la información que se entregaba era aquella de las víctimas de la represión que declararon ante esta instancia, el Consejo del INDH votó y aprobó la posibilidad de entregar también la información generada durante el trabajo de la comisión Valech.

La propuesta fue acogida por la mayoría del Consejo lo que significará la entrega de la totalidad de los documentos a los declarantes, es decir los testimonios de las víctimas y los documentos generados en el marco del trabajo de la Comisión que trató y evaluó dicha información.

El anterior acuerdo implica el resguardo de la identificación de terceros ya sean víctimas y/o declarantes o de los elementos que permitan identificar a estos. Asimismo en ningún caso se entregará información de terceros declarantes sin su autorización.

 

 

 

 

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