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Control obligatorio.

TC deberá resolver constitucionalidad de proyecto que declara imprescriptibilidad de la tortura y agrava las penas.

Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.

14 de octubre de 2016

La Cámara de Diputados remitió al TC el proyecto de ley que modifica Código Penal, en lo tocante a la tipificación del delito de tortura (Boletín N° 9.589-17), con el objeto que se ejerza el control de constitucionalidad obligatorio.

Cabe recordar que la iniciativa tuvo su origen mediante en una moción y tiene por objeto, en esencia, establecer a la tortura como un delito especial que tiene un sujeto activo determinado, e individualizar quién es el funcionario público o el particular que ejerce funciones públicas o actúa con el consentimiento, aquiescencia o por instigación del funcionario.

Así, entre otras normas, se modifica el actual párrafo 4 del Título III, del Libro II, del Código Penal, adaptando la tipificación de la tortura a los estándares internacionales e incorporando un nuevo delito de apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Asimismo, el proyecto consagra la imprescriptibilidad de la responsabilidad derivada de estos delitos, no operando en consecuencia respecto de ellos la prescripción de la acción ni la prescripción de la pena

Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 3243-16.

 

 

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