En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió ayer –jueves 16 de junio– el recurso de protección interpuesto por Pamela Paredes Soto en contra del BancoEstado, que le aplicó un descuento de $120.014 desde chequera electrónica, ordenando la devolución del monto y la abstención del banco de efectuar cualquier otro cargo del mismo tipo, sin el consentimiento de la clienta.
En su sentencia, se expone que el banco respondió que dicho cargo corresponde al pago de la deuda morosa de un crédito de consumo otorgado el 29 de enero de 2004, pactado en 36 cuotas y de las cuales sólo se canceló hasta la cuota N° 8, respaldado en el contrato de chequera electrónica por la autorización del cliente para efectuar el débito del valor de cualquier documento que no fuere pagado a su vencimiento; razón por la cual no se accede al reembolso del dinero solicitado por la clienta.
No obstante lo anterior, se indica que al informar el banco del Estado señala que luego de una revisión exhaustiva, se constató que en particular la chequera electrónica de la recurrente no tiene asociado el referido mandato, motivo por el cual acompaña Vale Vista por la suma neta descontada $120.014 con fecha 27 de abril de 2016.
Y es que conforme los antecedentes allegados al recurso la actuación de la recurrida no puede sino reputarse ilegal y arbitraria por cuanto procedió por sí a efectuar un descuento a los dineros depositados en la chequera electrónica de la recurrente, valores cuya custodia precisamente recaen en la entidad bancaria; y luego el reclamo por la cliente afectada fue desestimado aludiendo a un supuesto mandato inexistente, con lo que de no mediar la interposición del presente recurso, la entidad bancaria no habría reconocido el error manifiesto en que ha incurrido y que ha provocado la afectación al derecho de propiedad de la recurrente y al derecho a no ser juzgada por comisiones especiales, al erguirse el banco con su proceder en juez y parte al haber determinado por sí el cargo de la suma antes indicada.
Conforme a lo anterior, concluye la sentencia acogiendo con costas el recurso interpuesto en contra del Banco del Estado de Chile, disponiéndose la entrega del vale Vista custodiado en autos a la recurrente, ordenando a la recurrida abstenerse en lo sucesivo de efectuar cualquier otro cargo bajo la glosa de sección de créditos en la chequera electrónica, sin que previamente medie el consentimiento de la clienta y titular de la cuenta".
Vea texto íntegro de la sentencia.
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