Se dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que confirmó el rechazo de una demanda de nulidad de derecho público.
El recurso denunció –entre otras normas- vulneración de los artículos 6 y 7 de la Constitución, aduciendo falta de investidura regular de una serie de personas quienes participaron en la elaboración de un plan comunal y que eran ajenas a la administración municipal.
La Corte Suprema, al desestimar la impugnación, reitera su criterio en cuanto “a que no resulta procedente fundar la casación en normas constitucionales”, ya que éstas se limitan a “establecer derechos o garantías de orden general”, que tienen “su desarrollo en normas de carácter legal que entregan las herramientas jurídicas necesarias que permiten acudir de casación”.
El fallo insiste que en materia de casación en el fondo los hechos son inamovibles, por cuanto la labor del máximo Tribunal se limita “a verificar la legalidad de un fallo en cuanto la ley ha sido aplicada a hechos determinados por los jueces del fondo”.
Vea texto íntegro de la sentencia.
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