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Se solicitó opinión al máximo Tribunal.

Diputados proponen establecer obligación para que los jueces informen a la Corte Suprema de las irregularidades o notorias faltas de idoneidad profesional de abogados y notarios.

La iniciativa hace presente, también, que lo más preocupante “de la cantidad de abogados existentes en nuestro país, es el hecho que junto con la creciente falta de idoneidad, se ha verificado la inexistencia de un control ético respecto del ejercicio desdoroso” de algunos profesionales, lo que tiene como efecto “el desprestigio de la profesión”.

26 de marzo de 2011

La moción de los diputados Letelier, Melero, Nogueira y Ward, invoca el discurso del Presidente de la Corte Suprema, donde expuso “su preocupación por la calidad de los abogados que litigan hoy en día en los distintos tribunales del país”, solicitando que se “relevara a la Corte Suprema de la obligación de entregar los títulos de abogado, si no se solucionan los problemas de formación que se han denunciado”.
La Corte Suprema, añade, “ha asumido un control de verificación de exigencias legales para la obtención del título de abogado”, control que no es “del agrado de algunas universidades”, pero “es la única manera que esa Corte ha tenido para asegurar que el diploma se otorgue a quien realmente ha cumplido con los requisitos académicos y legales básicos para ejercer la profesión de abogado”.
La iniciativa hace presente, también, que lo más preocupante “de la cantidad de abogados existentes en nuestro país, es el hecho que junto con la creciente falta de idoneidad, se ha verificado la inexistencia de un control ético respecto del ejercicio desdoroso” de algunos profesionales, lo que tiene como efecto “el desprestigio de la profesión”.
Los autores de la moción creen que la acreditación de las universidades “es una parte de las tareas que se deben realizar para garantizar una mejor educación y un mejor nivel de los alumnos egresados de derecho”, pero que “no es suficiente”, ya que el desempeño del abogado “se ve concreta y directamente en la práctica de la profesión”.
Con el objeto de asegurar un verdadero control ético y una defensa de calidad, proponen incorporar un artículo en el Código Orgánico de Tribunales para obligar a los jueces que, dentro de la sala de su despacho y mientras ejercen sus funciones de tales conozcan de irregularidades cometidas por abogados en el ejercicio de la litigación o una notoria falta de idoneidad profesional por parte del mismo, informen al secretario de la Corte Suprema para que éste dé conocimiento de ellas al Pleno del máximo Tribunal, que podrá ejercer las facultades disciplinarias que le otorga la ley con el objeto de sancionar a los abogados involucrados.
Asimismo, el secretario de la Corte Suprema podrá remitir dichos antecedentes a la casa de estudios de la cual egresó el abogado sancionado, para que ésta se haga parte del asunto y tome las medidas pertinentes que tengan por objeto corregir la conducta o idoneidad del profesional involucrado.

Vea texto íntegro de la moción boletín N° 7558-07.

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