La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados aprobó y despachó el proyecto que despenaliza la interrupción del embarazo en tres causales: riesgo vital de la mujer, alteración congénita o genética de carácter letal del feto y violación, mediante una modificación al Código Sanitario.
De igual modo, la instancia respaldó los cambios introducidos tendientes a establecer un programa de acompañamiento para las mujeres por parte del Estado, antes, durante y después de tomada la decisión de interrumpir el embarazo o en el caso que la mujer decida llevarlo a término.
En materia de violación se determina que cuando la mujer sea mayor de 18 años, y esta no haya denunciado el delito de violación, los jefes del establecimiento hospitalario o clínica particular deberán poner en conocimiento del Ministerio Público dicho delito, con la finalidad de que se investigue de oficio al o los responsables del mismo.
La Comisión ratificó la norma aprobada en la Comisión de Salud que permite al médico a abstenerse de realizar la interrupción de un embarazo cuando hubiese manifestado su objeción de consciencia al Director del establecimiento de salud, en forma escrita y previa; salvo que se trate de la primera causal y la mujer requiera una atención médica inmediata e impostergable.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional y en los próximos días el texto legal será remitido a la Comisión de Hacienda, para la discusión de aquellos artículos que irroguen gastos, en particular en lo referido a los programas de acompañamiento que se establecen.
Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.
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