Invitar a los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas para la próxima sesión fue el acuerdo que adoptó la Comisión Mixta de senadores y diputados que se constituyó para zanjar las diferencias en torno al proyecto de reforma constitucional que regula estado de alerta para prevenir daños a infraestructura crítica.
La iniciativa fue originada en una moción de los senadores Aravena y Pugh con el objeto de permitir que el Presidente de la República pueda disponer que las Fuerzas Armadas resguarden la infraestructura crítica del país, cuando exista un peligro grave que la afecte, sin que esta medida pueda implicar una suspensión, restricción o privación de los derechos y garantías que establece la Carta Fundamental.
La principal diferencia que se dio entre ambas ramas del Congreso es que la Cámara de Diputadas y Diputados rechazó la idea de legislar sobre la iniciativa, mientras que el Senado despachó un texto que fue analizado en particular y en general por la Sala.
Durante la sesión, los parlamentarios intercambiaron opiniones sobre el proyecto y el Ministro de Defensa, Mario Desbordes despejó algunas dudas planteadas. Con todo, los legisladores optaron por invitar a los representantes de las ramas castrenses para conocer su opinión sobre esta propuesta.
CONTENIDO
El proyecto aprobado por el Senado modifica el número 17 del artículo 32 de la Constitución Política, señalando que "cuando exista peligro grave para la infraestructura crítica del país el Presidente de la República podrá decretar que las Fuerzas Armadas se hagan cargo de su resguardo".
Agrega que el citado decreto será suscrito además por los Ministros encargados de la Seguridad Pública y de la Defensa Nacional; y establece que esta medida no podrá extenderse por más de treinta días corridos y sólo se podrá prorrogar por una vez con el acuerdo del Congreso Nacional.
El proyecto señala que la infraestructura crítica comprende las instalaciones, sistemas o componentes de empresas o servicios que atiendan servicios de utilidad pública, el Gobierno, el Congreso Nacional, el Poder Judicial y los órganos de la Administración del Estado.
Finalmente, se establece una disposición transitoria que mientras no se apruebe una ley sobre infraestructura crítica, la determinación de los órganos, empresas o servicios que forman parte de la infraestructura crítica se realizará mediante un decreto supremo suscrito por los Ministros encargados de la Seguridad Pública y de la Defensa Nacional.
Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis Boletín Nº13086-07