En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de La Serena rechazó la denuncia formulada por pasajero en contra de la empresa Latam Airlines Group S.A., que activó protocolo de seguridad por artefacto explosivo en el aeropuerto La Florida de la ciudad, en noviembre de 2016.
La sentencia indica que la funcionaria de LATAM, luego de las desafortunadas expresiones del actor, le representó lo inadecuado de las mismas y la necesidad de que se retractara de ellas, lo que este no hizo, adoptando una actitud displicente, luego de lo cual activó el protocolo de seguridad notificando del hecho a su supervisora y ésta a su vez al personal de seguridad del aeropuerto, quienes posteriormente se comunicaron con Carabineros.
Para el Tribunal de alzada por tanto, no estamos ante una decisión apresurada ni fruto de un celo excesivo, como lo señala el tribunal a quo. Por el contrario, al haber existido antecedentes que surgen de la propia actitud del demandante, se activó un protocolo de seguridad dispuesto precisamente para estos casos en que un pasajero hace referencia a artefactos explosivos y no se retracta de sus afirmaciones, existiendo un posible riesgo que pueda afectar la seguridad de un vuelo, siendo obligación del personal de la línea aérea activar los protocolos de seguridad para que el hecho sea debidamente investigado.
Añade que frente a los hechos que han sido acreditados, los funcionarios de LATAM, cumpliendo con el Procedimiento Corporativo Pasajero Disruptivo o Indisciplinado, establecido para la actuación frente a pasajeros que afecten la operación de la compañía, activaron un protocolo de seguridad consistente en denunciar un hecho irregular y potencialmente riesgoso, que tuvo su origen en el comportamiento perturbador del demandante, a las autoridades de seguridad del aeropuerto, iniciándose un proceso externo a LATAM, llevado a cabo por el personal de seguridad del aeropuerto (AVSEC) y Carabineros de Chile.
Por tanto, se resuelve que se revoca la sentencia apelada de fecha 17 de abril de 2019, dictada por la Juez Titular del Segundo Juzgado de Policía Local de La Serena, que acogió la denuncia por infracción a la Ley 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores y, además, condenó a la denunciada al pago de una indemnización de perjuicios por concepto de daño emergente y moral; y en su lugar se decide que se RECHAZA la denuncia formulada en contra de LATAM AIRLINES GROUP S.A., y que, asimismo, se desestima la demanda civil deducida en su contra, sin costas, por estimarse que se litigó con motivo plausible.
Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº216-2019
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