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Proyecto de ley prohíbe a los establecimientos educacionales exigir el uso de uniforme como indumentaria distintiva y obligatoria para el año escolar 2021.

A fin de evitar más gastos para las familias.

14 de septiembre de 2020

La Moción, patrocinada por los Diputados Alarcón, Girardi, González, Rojas, Vallejo y Venegas, prohíbe a los establecimientos educacionales exigir al alumnado el uso de uniforme como indumentaria distintiva y obligatoria para el año escolar 2021, con el fin de mitigar los efectos que está teniendo la pandemia del COVID-19 tanto en el sustento económico de los hogares, como en la educación de los niños, niñas y adolescentes.
En sus fundamentos el proyecto señala que la educación es un derecho universal y, por tanto, corresponde al Estado asegurar el acceso de las personas a una educación inclusiva . En este sentido, ningún aspecto formal, como el uso obligatorio de uniformes, debería ser un impedimento para que los niños, niñas y adolescentes del país se vean vulnerados en su derecho al acceso a la educación. Como señala la Superintendencia de Educación, el uso obligatorio de uniforme escolar debe señalarse en el reglamento interno de cada establecimiento educacional, a la vez que su uso obligatorio dependerá del acuerdo entre el director, centro de apoderados, consejo de profesores, con previa consulta al centro de alumnos y comité de seguridad escolar. La norma permite sancionar al alumno que no vista su uniforme, con la prohibición sobre el ingreso o permanencia en el recinto educacional.
Añade la Moción, que existe una obligación económica de comprar el uniforme, lo que afecta la economía de las familias, ya que acorde a la última Encuesta de Prepuestos Familiares realizada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), del total de presupuesto que poseen los hogares de las capitales regionales un 6,5% es gastado en educación.
En concreto, la iniciativa propone legislar en los siguientes términos: “Artículo Único: Durante el año 2021, los establecimientos educacionales no podrán obligar a los estudiantes a usar uniformes escolares, como indumentaria distintiva. Los padres, madres y/o apoderados podrán elegir el tipo de vestimenta que utilizarán sus hijos para el acceso y permanencia en el establecimiento educacional.
En ningún caso se podrá prohibir el ingreso o permanencia del estudiante al establecimiento por no cumplir con el uniforme escolar”.
Publicada la presente ley en el diario oficial, añade la Moción, los establecimientos educacionales deberán adecuar sus reglamentos internos en el plazo de un mes.
También establece que a partir del año 2022, las comunidades escolares decidirán cual es el tipo de vestimenta que se utilizará por parte de los estudiantes para acceder y permanecer en los establecimientos educacionales, y que el Consejo Escolar deberá aprobar la opción de vestimenta que decida tener la comunidad escolar.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.

Vea texto íntegro del Boletín Nº13780-04.

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