El TC rechazó el requerimiento formulado por diez Diputadas y Diputados en ejercicio, para que se declare la cesación en el cargo del Diputado Hugo Gutiérrez Gálvez, por haber incurrido en la causal de cesación contemplada en el artículo 6 inciso quinto de la Constitución Política de la República, específicamente, el haber incitado a la alteración del orden público. Ello, al no acreditarse la causal invocada por los parlamentarios, prevista en el artículo 60, inciso quinto, de la Carta Fundamental.
Respecto a los hechos, los parlamentarios requirentes exponían que, mediante una serie de acciones de diferente índole, el diputado Gutiérrez habría incitado a la alteración del orden público, en tanto su cometido perturba y ataca las atribuciones que la Ley y la Constitución le han dado a Carabineros de Chile para ejercer su función de resguardar el orden público. Asimismo, aseveraron que el diputado puso en riesgo la vida e integridad de muchas personas, así como otros Derechos Humanos en distintos espacios públicos, al apoyar de forma manifiesta, tomas de metros, marchas no autorizadas y huelgas en general, lo que viene a desconocer las facultades del Presidente de la República y demás autoridades correspondientes para organizar y velar por los espacios públicos.
Igualmente, acompañaron un tuit de la cuenta de la bancada de diputados PC ante las evasiones masivas en el que se señala: “Como bancada del Partido Comunista, respaldamos las llamadas evasiones masivas convocadas y desarrolladas por estudiantes y ciudadanos ante el alza de la tarifa del metro de Santiago. Son acciones legítimas de desobediencia civil, una expresión de reclamo acumulado ante el aumento continuo del precio de los servicios básico”.
En ese contexto, los requirentes adujeron que en virtud de las conductas mencionadas, se ha vulnerado la prohibición del artículo 60 de nuestra Carta Fundamental, toda vez que constituyen una incitación a continuar con la alteración del orden público y a la contravención de los cauces institucionales en el Estado Democrático y en el Estado de Derecho para reformar la Constitución.
Cabe recordar que, la Magistratura Constitucional, en su oportunidad, pospuso la adopción del acuerdo para un mejor estudio de los antecedentes, fijándose la Sesión Extraordinaria de hoy, viernes 4 de septiembre de 2020. Lo anterior, en virtud de lo dispuesto en el artículo 20 de la LOCTC, en relación con el artículo 82 del COT.
Por su parte, votaron por rechazar el requerimiento la Ministra Brahm, los Ministros García, Romero, Pozo, la Ministra Silva, y los Ministros Fernández y Pica, con diversas fundamentaciones, que serán explicitadas una vez evacuada la debida sentencia y sus prevenciones.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Letelier, quien estuvo por acoger el requerimiento, sólo en aquella parte que denuncia tweets en que el requerido difunde diálogos de niños con personificaciones contrarias a la tradición democrática, dando lugar a una denuncia de la Defensoría de la Niñez ante los Tribunales de Familia de Iquique, por vulneración del artículo 19 de la Convención de los Derechos del Niño.
Vea texto íntegro del comunicado de prensa y del expediente Rol N° 8123-20 INHP.
RELACIONADO