La Moción, patrocinada por los Diputados Juan Pablo Letelier, Carlos Montes y Adriana Muñoz, tiene por objeto otorgar a los trabajadores una mayor protección respecto a eventuales contagios o contactos estrechos, presumiendo el origen laboral del contagio o del contacto estrecho excepto prueba en contrario.
En su texto, el proyecto señala que atendida la etapa en que se encuentra la pandemia, caracterizada desde el 16 de marzo pasado como fase 4, esto es, con una transmisión comunitaria de los contagios y, el actual inicio de una etapa gradual de desconfinamiento que permite ciertas actividades laborales; es indispensable otorgar a los trabajadores una mayor protección respecto a eventuales contagios o contactos estrechos.
A fin de cumplir con el objetivo, la iniciativa propone aprobar una nueva ley que contenga un artículo único del siguiente tenor: “Se presumirá que mientras persista la declaración de Alerta Sanitaria para enfrentar la amenaza a la salud pública producida por la propagación a nivel mundial del “Nuevo Coronavirus 2019 (2019-nCoV)”, los trabajadores que sean diagnosticados con COVID-19 o determinados como contactos estrechos; que se encontraren ejerciendo sus labores en los días previos a su diagnóstico, deberán ser calificados como enfermedad de origen laboral por el respectivo organismo administrador o la empresa con administración delegada, a menos que se demuestre que el contagio o la situación de contacto estrecho no fue a causa de su trabajo, lo que debe ser debidamente justificado.
Del mismo modo, mientras persista la citada Alerta Sanitaria, deberá otorgarse protección del mismo carácter, a los trabajadores que acrediten padecer alguna condición que genere un alto riesgo de presentar cuadro grave de infección, tales como personas mayores de 60 años; personas con hipertensión, enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedad pulmonar crónica u otras afecciones pulmonares graves, enfermedad renal con requerimiento de diálisis o similar; personas trasplantadas y que continúan con medicamentos de inmunosupresión; personas con cáncer que están bajo tratamiento y personas con un sistema inmunitario disminuido como resultado de afecciones o medicamentos como inmunosupresores o corticoides.”.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado.
Vea texto íntegro del Boletín Nº13743-13.
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