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Prefectura de seguridad privada.

CGR se pronuncia sobre renovaciones de autorizaciones del OS-10 de Carabineros para que particulares ejerzan como capacitadores de vigilantes privados.

Esto, a propósito de solicitud de particular en contra del OS-10 de Carabineros de Chile, por negarse a renovarle la autorización para ejercer como capacitador en las cátedras para vigilantes privados, pese a que vendría dictando esas materias por casi treinta años.

30 de agosto de 2020

Se dirigió a la Contraloría General de la República, un particular reclamando en contra del Departamento de Seguridad Privada OS-10 de Carabineros de Chile, en síntesis, por negarse a renovarle la autorización para ejercer como capacitador en las cátedras para vigilantes privados que detalla, pese a que vendría dictando esas materias por casi treinta años.
Al respecto, el ente contralor adujo que, en el caso en estudio, consta que con fecha 7 de agosto de 2019 – encontrándose vigente la resolución exenta Nº 149, de 2009 -, el interesado solicitó la renovación de su autorización como capacitador en las áreas que renovó en el período anterior, a lo que se accedió por resolución exenta Nº 2.656, del 30 de agosto de 2019, de la Prefectura de Seguridad Privada OS-10, solo para dos de las seis cátedras solicitadas.
Luego, el órgano fiscalizador expresó que dicha decisión fue confirmada por esa autoridad a través de su resolución exenta Nº 3.003, de 30 de septiembre de esa anualidad, que rechazó el recurso de reposición del peticionario, por no acreditar “los requisitos académicos exigidos de acuerdo a las estipulaciones contenidas en la página web www.autoridadfiscalizadora.cl”, por lo que le aplica las exigencias y requisitos contemplados en el Manual del año 2005 ya mencionado y publicado en dicho portal, y no el procedimiento de reconocimiento especial previsto en la resolución exenta Nº 149, de 2009, todavía vigente a esa data.
Finalmente, Contraloría adujo que, en consecuencia, y considerando que, según lo informado por Carabineros de Chile, desde el año 1999 el recurrente fue autorizado a desempeñarse como capacitador en diferentes áreas -que no detalla- y renovada su autorización permanentemente, a excepción de la cátedra de conocimientos legales, corresponde que esa autoridad policial deje sin efecto el rechazo impugnado y aplique la resolución exenta Nº 149, de 2009, vigente a la época de tramitación del respectivo procedimiento, determinando las áreas respecto de las cuales se encontró beneficiado por esa normativa y renueve aquellas que resulten procedentes.

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº E 26.304-20.
 

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