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"Demandada tuvo un saldo a favor".

Juzgado Laboral acoge demanda por despido injustificado de ejecutiva de empresa de productos lácteos.

El Tribunal estableció que la demandada no acreditó la causal de la desvinculación de la trabajadora por necesidad de la empresa.

27 de agosto de 2020

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda por despido injustificado deducido por ejecutiva en contra de la empresa de productos lácteos Agrocomercial Codegua SpA.
La sentencia indica que asentado lo anterior y establecido el marco jurídico de la causal invocada al tenor de los hechos de la demanda y analizada las probanzas presentadas por la demandada ha de concluirse que la misma sustenta la reestructuración y racionalización de la Compañía de la que deriva la separación de la trabajadora en ‘En los resultados operacionales de la empresa del ejercicio del año 2018, que se han mantenido a la fecha y que han incidido en los resultados financieros en su globalidad a partir de las bajas ventas que ha registrado la Compañía y de las condiciones negativas del mercado actual'.
La resolución agrega que para probar sus afirmaciones, presenta en juicio, copia de Estados de Resultados de la demandada, correspondiente a los años 2018 y 2017 copia de la declaración de renta efectuada por la demandada ante el Servicio de Impuestos Internos correspondiente al año 2018. De las mismas se desprende que no obstante presentar resultados negativos, la empresa demandada experimentó en el mismo periodo un aumento de las ventas por más de $200.000.000, por lo que no resulta posible atribuir este resultado negativo a una baja en las ventas como se postula en la carta de despido. Por otra parte, y conforme se vislumbra en la declaración de impuesto a la renta efectuada por la demandada correspondiente al año 2018, la demandada tuvo un saldo a favor.
Añade que no es posible determinar que los hechos expuestos por la demandada en la carta de despido sean de carácter permanente. Luego, tampoco se deduce el nexo causal requerido entre estos hechos y el despido de la trabajadora ni tampoco se explica la forma que el despido de la trabajadora ayudara a minimizar el impacto y consecuencias negativas que el mal estado de los negocios pudiera ocasionar, tomando en consideración que de acuerdo a la propia misiva estas consecuencias negativas son eventuales, careciendo de sustento fáctico.
Afirma la resolución que mayor abundamiento la demandada también acompaña copia de finiquitos suscritos con otros trabajadores en la misma fecha de despido de la actora, pero los mismos solo dan cuanta de otros despidos mas no dicen relación con resultados operacionales de la empresa en el año 2018, ni con el resultado financieros en su globalidad debido a la mentada y no probada baja de las ventas, que es el fundamento de la decisión cuestionada.
Se concluye que la demandada no logró probar los hechos fundantes de la causal impetrada como la concurrencia de los presupuestos doctrinarios y jurisprudenciales para su aplicación, por eso se determina que el despido de autos no se encuentra justificado.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº5.269-2019

 

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