Noticias

Derecho a defensa técnica.

Supremo Tribunal Federal de Brasil declaró constitucional norma que permite aplicar multa a abogados que abandonen un proceso bajo su responsabilidad.

El máximo Tribunal de Brasil adujo que la imposición de la multa no es desproporcionada ni irrazonable, por el contrario, es un medio razonable para evitar comportamientos perjudiciales para la administración de justicia y el derecho de defensa del imputado.

14 de agosto de 2020

El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil determinó que aplicar multa a un abogado que abandona el proceso es constitucional, en virtud de la disposición del Código Procesal Penal (CPP), que establece una multa de 10 a 100 salarios mínimos para los abogados que abandonen el proceso bajo su responsabilidad.
Al respecto, el máximo Tribunal de Brasil adujo que la imposición de la multa no es desproporcionada ni irrazonable. Por el contrario, es un medio razonable para evitar comportamientos perjudiciales para la administración de justicia y el derecho de defensa del imputado, dado el papel indispensable del abogado para el desarrollo regular del proceso penal.
Enseguida, la sentencia expuso que el texto constitucional (artículo 133) reconoce en el abogado una figura indispensable para la administración de Justicia, y el Estatuto de la Abogacía reconoce que presta servicio público y tiene una función social. En este sentido, esta función es aún más relevante en el proceso penal, que puede resultar en la privación de la libertad del cliente. Tanto es así, que el derecho a la defensa técnica por un abogado calificado está previsto en el artículo 261 del Código Procesal Penal (CPP), bajo pena de nulidad absoluta del proceso.
Finalmente, el STF concluyó que la multa se puede aplicar sin perjuicio de otras sanciones aplicables. Así, recordó que el artículo 265 del CPP prevé la sanción procesal por abandono del proceso, sin que ello impida que la OAB pueda sancionar administrativamente, en su caso, al profesional que integra su plantilla.

Vea texto íntegro del comunicado.

RELACIONADO
* Supremo Tribunal Federal de Brasil revocó sentencia que condenó penalmente a un acusado de malversación de fondos, pues no fue notificado personalmente…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad