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Moción.

Proyecto de reforma constitucional iguala la pensión de sobrevivencia con la pensión de referencia del causante.

El objetivo principal del proyecto ingresado es que las familias tengan acceso a la pensión completa en tiempos de pandemia.

1 de agosto de 2020

La Moción busca que durante la vigencia de un estado de excepción constitucional por catástrofe o calamidad pública, se autorice a los beneficiarios de la pensión de sobrevivencia a recibir el cien por ciento de la pensión de referencia del causante, respecto de sus fondos previsionales, eliminándose los porcentajes de entrega establecidos en la normativa vigente. La disposición se mantendrá vigente posterior al término del estado de excepción constitucional, con la finalidad de que las economías familiares puedan reactivarse sin sufrir un menoscabo mayor.
El proyecto tiene su fundamentación la grave crisis económica a la cual se encuentran sometidas las familias, siendo la mantención de la pensión de sobrevivencia en un 100% respecto de la pensión del causante un alivio para miles de personas, no solo ahora a raíz de la pandemia, sino que hacia lo futuro, puesto que las dificultades económicas terminada la crisis se mantendrán en el tiempo.
Las pensiones de sobrevivencia, si bien se convierten en herencia en caso de no existir beneficiarios, no se aplica la misma regla para todos los herederos forzosos, diferenciándose cuanto reciben de ella acorde a prelación, por lo que el o la cónyuge o los hijos no recibirían por entero lo que el causante ha dejado producto de su esfuerzo. Lo mismo sucede con el caso de las rentas vitalicias que tienen características especiales, la pregunta es porqué se establecen reglas que permiten la entrega del 100% de la pensión del causante, pero en el caso del retiro programado no.
Por último, ello limita la facultad de disposición del afiliado sobre sus bienes heredables, modificando arbitrariamente la regla general de prelación en la herencia del Código Civil y vulnera los derechos de los beneficiarios de igualdad ante la ley y no discriminación arbitraria establecidos en nuestra Constitución.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13640-07.

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