El Tribunal Europeo de Derechos Humanos sostuvo de forma unánime en el caso K.A. c. Suiza, que no existió una violación al Artículo 8, derecho al respeto por la vida privada y vida familiar, de la Convención Europea de Derechos Humanos.
El caso expuesto dice relación con la denuncia de una persona a quién se le rechazó la solicitud de extensión de la residencia y el levantamiento de la prohibición temporal de entrada al país, la que se le impuso tras un delito relacionado con drogas. El denunciante fue expulsado de Suiza donde vivía junto a su esposa y su hijo, ambos enfermos.
El Tribunal declaró que las autoridades suizas, en especial el Tribunal Supremo Federal, mantuvo un adecuado y convincente análisis de los hechos y el derecho, y una profundo análisis de las consecuencias. A pesar de la fortaleza de los lazos de solicitante con Suiza, los tribunales consideraron la gravedad de la conducta, que es necesario para prevenir el crimen en el país, no permitir la entrada del denunciante por 7 años.
Vea texto íntegro de la sentencia (en francés) del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Caso K.A. v. Suiza.
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