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Escriben: «CS de EEUU ayuda a Trump en su camino a la Autocracia».

El autor señala que la Corte creó una norma constitucional según la cual el Presidente tiene derecho a despedir a altos funcionarios del poder ejecutivo por razones políticas.

6 de julio de 2020

Recientemente, se ha publicado una columna en la que el Abogado, David M. Driesen, Profesor en la Syracuse University College of Law, en la que comenta la decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos, en la causa Seila Law LLC v. Consumer Financial Protectión Bureau (CFPB).

En síntesis, la causa refiere a una investigación que seguía la entidad encargada de protección de los derechos de los consumidores en contra de una firma de abogados que proveía asesoría jurídica en juicios ejecutivos por morosidad en el pago de deudas. Como parte de la investigación, la CFPB presentó una solicitud para interrogar y obligar a la firma a entregar ciertos documentos. Seila Law se rehusó a cumplir con la solicitud, por lo que la CFPB presentó una petición ante el Tribunal del Distrito para forzar el cumplimiento. Éste Tribunal otorgó la petición. La firma apeló al orden argumentando, entre otras cosas, que la CFPB se encuentra estructurado inconstitucionalmente. Específicamente, señaló que la estructura del órgano administrativo viola la separación de poderes, ya que es una agencia independiente encabezada por un Director que ejerce una especie de poder ejecutivo, pero que el Presidente sólo puede destituir a través de un acto debidamente fundado.

Por su parte, el autor explica que la Corte Suprema acaba de dar un gran paso en una dirección más bien autoritara en Seila Law, ya que la Corte creó una norma constitucional según la cual el Presidente tiene derecho a despedir a altos funcionarios del poder ejecutivo por razones políticas. Así, invalidó una ley que sólo autoriza la remoción presidencial respecto de un funcionario de la CFPB, órgano independiente, en virtud de un acto debidamente fundado y, por tanto, instituyó un cambio constitucional a través de medidas judiciales similares a las que los autócratas del mundo han logrado por medios incluso más democráticos.

En este sentido, explica el abogado, una consecuencia de esta decisión es legitimar los continuos abusos del Presidente a su facultad de remoción, ya que muchos de los casos en que ha removido a una autoridad de su cargo, ésta se encontraba, realmente, ejerciendo sus facultades legalmente investidas y otorgadas, como por ejemplo, transmitir la denuncia que condujo al juicio de destitución de Trump, descubrir la corrupción del gobierno o investigar a los asociados del Presidente. Colectivamente, cada funcionario del gobierno federal ahora sabe que obedecer la ley sobre cualquier otro asunto que sea importante para Trump, es un delito de despido.

Por su parte, arguye que en el caso Seila Law, la Corte Suprema usó un enfoque activista para crear una nueva regla, que amplifica un poder presidencial que ya se sabe peligroso. En este caso, concluye la columna, nadie, ni siquiera los Ministros disidentes al fallo, mostraron conciencia de las lecciones que pueden extraerse de los países que han visto sus democracias seriamente socavadas por el abuso del poder ejecutivo en los últimos años.

 

Vea texto íntegro de la columna y de la Opinión N° 19-7.

 

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* ¿Cómo mueren las democracias?, por Rafael Rodríguez Campos, artículo publicado por La Ley (Perú)…

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