En fallo dividido, el Supremo Tribunal Federal (STF) conocerá recurso deducido por el Partido de los Trabajadores (PT) respecto a norma que aumenta la capacidad máxima de adquisición de municiones para armas de fuego.
Respecto a los hechos, consta que la norma cuestionada es el Decreto 10.030 / 2019, que modificó los Decretos 9.845 / 2019 y 9.847 / 2019, y la Ordenanza Interministerial 1.634 / 2020 de los Ministerios de Defensa y Justicia y Seguridad Pública. Los estándares respecto a la cantidad de munición permitida para armas de fuego registradas en Brasil pasaron de 200 a 600 por año a 550 a 650 mensuales. Según el PT, uno de los resultados de este aumento de hasta 3.200% es que el crimen organizado y las milicias pueden comenzar a "obtener suministros de artefactos de guerra que regularmente compran personas registradas", para alimentar las redes de narcotráfico y otros delitos.
Enseguida, el partido recurrente argumentó que otorgar un mayor acceso a las armas de fuego no significa un aumento en el control de las tasas de criminalidad. "Del mismo modo, no representa una mayor seguridad para el ciudadano armado".
Finalmente, lo que solicita el PT es que el acto cuestionado se interprete sobre la base de la asunción de la protección de la vida y la seguridad de la población y la garantía de un monopolio sobre el uso legítimo de la fuerza por parte del Estado, de modo que la adquisición de armas se limite a una cantidad suficiente protección del individuo. La interpretación de acuerdo con la Constitución (artículos 5, caput; 6; 144, caput) tiene como objetivo reafirmar que la seguridad pública es un deber del Estado, prohibiendo la trivialización del armamento de la población.
Vea texto íntegro del comunicado.
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