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Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt rechazó tutela de trabajador y demanda por despido injustificado.

El Juzgado Laboral de Puerto Montt indicó que, analizados los medios de pruebas aportados, es posible concluir que no se acreditó la existencia de vulneración de los derechos denunciada, ni aún a modo indiciario.

8 de junio de 2020

El Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt rechazó la demanda de tutela por vulneración de derechos fundamentales, con ocasión del despido de un trabajador por las causales de vías de hechos; actos que afecten a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos y; el incumplimiento a las obligaciones contractuales del trabajador deducidas por un operario en contra de la sociedad Abastecedora del Comercio Ltda., a quien denunció por supuestas infracciones a sus derechos a la integridad física y psíquica, a la honra y la garantía de indemnidad. Junto con lo anterior, el citado tribunal laboral rechazó la demanda subsidiaria de despido injustificado.

En sus consideraciones, el Juzgado Laboral de Puerto Montt indicó que, analizados los medios de pruebas aportados en la audiencia de juicio, conforme a las reglas de la sana crítica, y los hechos asentados, es posible concluir que no se acreditó la existencia de la vulneración de los derechos denunciada, ni aún a modo indiciario porque; no se acreditó que en noviembre de 2018 le fuera otorgada una licencia médica al actor, por un trastorno de adaptación; porque no se aportó antecedentes médicos que dieran cuenta que el demandante sufriera dolencias físicas en la espalda o asociadas al trabajo manual con exceso de carga y porque; la demandada demostró que dio debido cumplimiento a su obligación de protección prevista en el artículo 184 del Código del Trabajo.

Luego, demanda subsidiaria de despido injustificado y cobro de prestaciones, la sentencia señaló que, el hecho que el demandante haya agredido físicamente a un compañero de trabajo, en dependencias de la empresa y durante su jornada laboral, configuró la causal del artículo 160 N° 1 letra c) como asimismo las causales del artículo 160 Números 5 y 7 todos del Código del Trabajo.

Finalmente, con relación en cuanto al cobro del feriado proporcional, se accedió a la demanda, considerando que la demandada no acreditó haber otorgado dicho feriado al actor, ya que el documento que contiene el resumen de las vacaciones del demandante, careció de valor probatorio por no encontrarse firmado por éste.

Cabe destacar que el Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt rechazó por extemporáneo el recurso de nulidad en contra de la sentencia del juicio, decisión en contra de la cual, la parte demandada interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio, reposición que fue rechazada por el tribunal y tuvo por interpuesto recurso de apelación subsidiario, concediéndose éste en el sólo efecto devolutivo, y elevándose los antecedentes a la Corte de Puerto Montt, para su conocimiento y resolución.

      

Vea texto íntegro de la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt Rol N° T-96-2019.

 

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