Noticias

Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida por ciudadana venezolana contra Universidad de Chile por verse obligada a rellenar una nueva hoja de respuestas en proceso de revalidación de título.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 2 y 21 de la Constitución.

29 de abril de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la resolución de la Corte de Santiago que rechazó un recurso de protección deducido por una ciudadana venezolana en contra de la Universidad de Chile por verse obligada a volver a rellenar una nueva hoja de respuestas en el contexto del proceso de revalidación de su título extranjero de odontología.

En el escrito, se señaló haber recurrido de acción de protección en contra de la Universidad de Chile, ya que la recurrente en el contexto del proceso de revalidación de su título extranjero de odontología y ante el extravío de su hoja de respuestas, se vio obligada a volver a rellenar una nueva hoja de respuestas del examen teórico usando solamente las respuestas marcadas en su cuadernillo de preguntas que había utilizado el día del examen.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 2 y 21 de la Constitución.

En su sentencia, la Corte de Santiago indicó que, la cuestión promovida no es de aquellas que deba ser dilucidada por la vía de la acción constitucional de cautela urgente, misma que no constituye una instancia de declaración de derechos como veladamente pretendió la recurrente, sino que de protección de aquéllos que, siendo preexistentes e indubitados, se vean afectados por alguna acción u omisión ilegal o arbitraria y por ende en situación de ser amparados en esta sede, presupuesto que en la especie no concurrió.

La Corte Suprema por su parte, confirmó la sentencia apelada.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema rol N° 36595-2019 y de la Corte de Santiago rol N° 3314-2019.

 

RELACIONADO

* CGR reconsidera jurisprudencia sobre revalidación de título de médico cirujano de profesionales que aprueben el EUNACOM respecto del sector privado…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad