En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán que declaró inadmisible protección deducida por sociedad en contra de la Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, frente a su negativa a revisar la rectificación de la declaración tributaria que habría presentado la actora.
El recurrente señala en su presentación, que la dirección regional no acogió la “Solicitud de reposición administrativa voluntaria, que establece el artículo 123 bis y 124 del Código Tributario y que por ello se privó a la Sociedad contribuyente del derecho a defensa que se indica en el artículo en el mismo cuerpo normativo.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán señaló que, e, no aparecen del libelo hecho susceptibles de ser calificados como vulneración de garantías propias de este recurso el que tiene el carácter de extraordinario, sino que más bien, se trata de alegaciones de carácter tributario, las que deben hacerse valer en la sede que corresponda y sin perjuicio de otros derechos que le asisten al actor.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Chillán.
Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 39.334-2019 y de la Corte de Apelaciones de Santiago Rol Ingreso N° 4115-2019.
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