En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó de forma unánime lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que rechazó amparo deducido por una martillera pública en contra de la resolución del Segundo Juzgado de Policía Local de San Antonio, que decretó orden de arresto en su contra, tras el no pago de una multa por su mala gestión en diligencias que le fueron encargadas.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso señaló que, de los antecedentes que obran en la causa, es posible advertir que la recurrente indica que, al efectuar la rendición de la subasta al Tribunal, señala que incurrió en errores de forma que fueron subsanados posteriormente. Añade en su libelo la actora que, no obstante ello, el 4 de octubre de 2019, la jueza recurrida, en uso de las facultades de los artículos 83 y 84 del Código de Procedimiento Civil, dejó sin efecto la mencionada subasta, retrotrayendo la causa al estado de remate, e imponiendo a la recurrente una multa de 10 ingresos mínimos mensuales conforme al artículo 23 de la Ley N° 18.118. Indica además la actora dicha resolución fue apelada tanto por la actora como por el demandante, ambos recursos declarados inadmisibles por el mismo Tribunal de alzada y que tras la mora en el pago de la recurrente, se decretó orden de arresto en su contra y que por ello ve amenazada su libertad personal.
En su reflexión, el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso indicó que la resolución que decreta la multa en contra de la actora se encuentra firme y ejecutoriada, habiéndose declarado inadmisibles los recursos de apelación a su respecto, por lo que su legalidad no resulta impugnable por esta vía. Finaliza en su decisión el Tribunal de alzada indicando que, en este sentido, la orden de arresto que en estos autos se intenta impugnar ha sido dictada por autoridad competente para ello, conforme al art culo 23 de la Ley N°18.287, en un supuesto de procedencia legal de la misma y con la debida fundamentación, desde que descansa en el incumplimiento de una multa ejecutoriada, por lo que no ha existido ilegalidad alguna que pueda ser atacada por la presente vía. Por ello, se desestimó la acción de amparo intentada por la recurrente.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó por unanimidad lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 24.666-2020 y de la Corte de Apelaciones de Valparaíso Rol Ingreso N° 170-2020.
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