La Moción busca paliar los efectos del cambio climático y la mega sequía en el país y el medio ambiente, a través de incentivar la eficiencia hídrica en los diversos sectores y niveles de la sociedad chilena y del país, así como incentivar un uso racional del agua en el sector productivo, entendiendo por este evitar emplear más del agua necesaria en los procesos productivos.
El proyecto de ley señala que la ciencia nos indica que la Tierra está experimentando un cambio abrupto e irreversible, en que los ecosistemas han superado diferentes umbrales críticos y que los humanos estamos detrás de esa presión sobre el planeta, no solo a través de la emisión de gases de efectos invernadero, sino que a través de la sobrepoblación, pérdida de biodiversidad y cambios en los ciclos biogeoquímicos del planeta. Se pronostican fuertes impactos en la economía, ya que la frecuencia e intensidad de eventos extremos, tales como inundaciones, sequías, marejadas, heladas, olas de calor y epidemias aumentará, lo que generará olas de pobreza y hambruna.
Otro punto abordado, es que el cambio climático es un fenómeno de la naturaleza que se agravará con el transcurso del tiempo, reduciendo gradualmente la disponibilidad del recurso hídrico ubicado en las aguas superficiales y subterráneas continentales. En este sentido, es un hecho científicamente comprobado que los registros históricos de disponibilidad de aguas continentales están siendo alterados irreversiblemente, de esta manera el cambio en el presupuesto fáctico de las normas que regulan el aprovechamiento de las aguas se verifica con cada vez mayor latencia. Adicionalmente, y aunque escapa de la actual regulación del Código de Aguas, no debe soslayarse que una fuente cada vez más relevante de agua dulce ha sido el agua de mar a través de las plantas desaladoras, lo que demanda al menos su consideración sectorial en algunas normas de aprovechamiento de las aguas
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca incorporar legalmente a nuestra legislación la definición de huella hídrica, además de su evaluación y se hace obligatoria para los estudios de impacto ambiental. Asimismo, se identifica los usuarios beneficiarios de la Comisión Nacional de Riego (CNR) y los recursos públicos que por intermedio de ella se canaliza, para efectos de habilitar la posibilidad. habilita un sistema de certificación importante que permitirá insertar incentivos adecuados en el mercado para privilegiar aquellos productos más eficientes en uso del agua, tanto en su producción, diseño, uso y consumo. También se obliga a generar un sistema de recolección de aguas lluvias para aquellas industrias importantes en superficie en regiones lluviosas, para efectos de evitar sobrecargar a los ecosistemas. En este caso, la lógica detrás del artículo busca evitar el descarte de aguas que no pueden entrar a los ecosistemas de forma directa producto de suelos impermeables.
Por último, se considera someter a evaluación de impacto ambiental a aquellos proyectos o actividades de riego y/o cultivo agrícola importantes y que causen impactos relevantes para el medio ambiente.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión Especial sobre Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía del Senado de la República.
Vea texto íntegro del Boletín Nº 13179-09.
RELACIONADOS
* Constituyen Comisión investigadora en la Cámara de Diputados por megasequía y cambio climático…
* Escriben: "Efectos del cambio climático en el Régimen Internacional de los Océanos"…