El juez del Tribunal Supremo de España e instructor de la causa del “procés” (proceso soberanista de Cataluña) Pablo Llarena, rechazó los recursos de reforma interpuestos por el ex Presidente de la Generalidad de Cataluña y actual diputado del Parlamento Europeo Carles Puigdemont i Casamajó y por el también diputado del Parlamento Europeo Antoni Comín i Oliveres, en relación con las sentencias dictadas por el juez, el 10 de enero de 2020, que establecen:
a. La decisión del instructor de pedir al Parlamento Europeo que suspenda la inmunidad que atañe a los recurrentes en su condición de miembros de la referida Cámara;
b. La decisión de comunicar al Parlamento Europeo el previo procesamiento de los parlamentarios hoy recurrentes, con remisión de copia del auto de procesamiento y de los autos que resolvieron sus correspondientes recursos de reforma y apelación;
c. La decisión de comunicar al Parlamento Europeo que se mantienen las órdenes nacionales de búsqueda, detención e ingreso en prisión de ambos parlamentarios, así como las órdenes europeas para su detención y entrega. Remitiendo para ello copia de los autos de 14 de octubre de 2019 y 4 de noviembre de 2019, así como de la resolución de 10 de enero de 2020; y
d. Respecto de las euroórdenes de detención y entrega de los recurrentes que están actualmente en trámite de ejecución en Bélgica, la decisión del instructor de comunicar a la autoridad judicial belga que se solicitó del Parlamento Europeo la suspensión de la inmunidad que afectaba a Carles Puigdemont y Antoni Comín.
Vea texto íntegro del comunicado de prensa.
Vea texto íntegro de la resolución judicial.
RELACIONADO
* TS español confirma su competencia para enjuiciar delitos de rebelión y de malversación en la causa del "procés"…