Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Rancagua y rechazó un recurso de protección deducido por tres ciudadanos cubanos en contra de la Gobernadora Provincial de Cachapoal por su negativa a la recepción de solicitud de refugio de los recurrentes.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Gobernadora Provincial de Cachapoal por su negativa a la recepción de solicitud de refugio con sus respectivos antecedentes y el envío de los mismos a la Secretaría Técnica de la Comisión de Reconocimiento de la Condición de Refugiado.
Los recurrentes estimaron vulneradas su garantía del artículo 19 de la Constitución numeral 2.
Por su parte, la Corte de Rancagua indicó que, la circular N° 15 del Departamento de Extranjería y Migración busca hacer más eficiente y agilizar la atención de los usuarios en lo que tiene que ver con todo tipo de solicitudes que se hacen al Departamento de Extranjería, por lo que no se apreció que el actuar de la recurrida haya sido ilegal o arbitrario, sino que por el contrario, se enmarcó en la normativa vigente, cuyo fin es la eficacia y eficiencia en la atención.
El fallo agregó que, por lo demás, los recurrentes reconocen que se les indicó que debían proceder de la forma más arriba señalada, y en ningún caso, se les negó la tramitación de su solicitud, de lo que devino que no hay ningún acto final que perturbó o amenazó las garantías reclamadas.
El máximo Tribunal por su parte, confirmó la sentencia apelada.
Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 1200-2020 y de la Corte de Rancagua en causa Rol Nº 15747-2019.
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