En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que rechazó amparo deducido por defensora penal adolescente en favor de siete menores de edad a quienes se les detuvo en la ciudad de Quilpué, en un procedimiento policial en el marco de manifestaciones por la crisis social que atraviesa el país.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso señaló que, de los antecedentes que obran en la causa se desprende que los amparados denunciaron su desnudamiento y la obligación de hacer ejercicios físicos a las que habrían estado expuestos. Agrega, la detención de los amparados fue controlada por el Juzgado de Garantía de Quilpué, de la cual se ordenó por el tribunal la instrucción de sumarios administrativos a los funcionarios policiales, para establecer eventuales responsabilidades.
Finalmente, señaló la Corte de Apelaciones en su sentencia que, al existir un control de la detención de los amparados, es posible señalar que ellos se encuentran amparados por el derecho y que tal como fue indicado por la jurisdicción de garantía, y que en caso que se acredite la existencia de delitos hacia los recurrentes, tales antecedentes serán remitidos al ministerio público, por lo que no existe necesidad de cautela que deba resguardarse por la acción de amparo.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó por unanimidad lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, pero sin perjuicio de ordenar a las autoridades intervinientes en el recurso de amparo, informar sobre el estado de las investigaciones en curso.
Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 36.712-2019 y de la Corte de Apelaciones de Valparaíso Rol Ingreso N° 974-2019.
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