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Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que acogió protección contra Gobernación Provincial de Antofagasta por impedir tramitación de solicitudes para reconocimiento de condición de refugiados de ciudadanos de diversas nacionalidades.

La Corte de Santiago estimó que se afectó el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica y la igualdad ante la ley.

11 de diciembre de 2019

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Antofagasta que acogió la acción de protección deducido en favor de un grupo de ciudadanos cubanos, colombianos y venezolanos en contra de la Gobernación Provincial de Antofagasta, por impedir la tramitación de solicitudes para el reconocimiento de la condición de refugiados de los recurrentes.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Gobernación Provincial de Antofagasta, ya que Departamento de Extranjería y Migración de la recurrida ha impedido la tramitación de solicitudes para el reconocimiento de solicitud de refugiados de los recurrentes de conformidad a la Ley 20.430.

Los recurrentes estimaron vulnerados sus garantías constitucionales del artículo 19 de la Constitución numerales 1 y 2.

En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Antofagasta arguyó que, las autoridades no desmienten el hecho de haberse omitido la entrega de las solicitudes a los recurrentes, para lo cual la legislación en la materia no exige una actuación de carácter personal, de manera que al omitir su obligación de entregar los formularios requeridos incurrió en una arbitrariedad que afectó las garantías constitucionales consagradas en los números 1 y 2 del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental. Corrobora lo anterior, los principios que inspiran la Ley 19.880, por cuanto todo acto administrativo debe expresarse por escrito o por medio electrónico, conforme al artículo 5° de la citada ley. En este escenario, tampoco se verificó el principio conclusivo mediante el cual todo procedimiento está destinado a que la administración dicte un acto decisorio que se pronuncie sobre la cuestión de fondo y en el cual exprese su voluntad, situación que no ocurrió en la especie debido a la irregular actuación de la Gobernación, razón por la que se acogió el recurso de protección.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada.

 

Vea textos íntegros de las sntencias de la Corte Suprema causa Rol 33779-2019 y de la Corte de Antofagasta causa Rol 4487-2019.

 

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