Luego del trabajo de la Comisión Técnica que estuvo integrada por representantes de distintos Partidos Políticos, fue presentado el proyecto que reforma el Capítulo XV de la actual Carta Fundamental, cuyo título pasará a denominarse "Reforma de la Constitución y del Procedimiento para Elaborar una Nueva Constitución de la República".
En el proyecto, se agregan trece nuevos artículos en los que se detalla el plebiscito de entrada y de salida y la normativa de las convenciones constituyentes.
Así, en el artículo 130 se señala que "tres días después de la entrada en vigencia de este artículo, el Presidente de la República convocará mediante decreto supremo exento a un plebiscito nacional para el día 26 de abril de 2020",
En el mismo artículo 130, se indica que para ese plebiscito se aplicarán las leyes orgánicas vigentes hasta el 1 de enero de 2020 sobre elecciones populares y escrutinios, sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral y la de Partidos Políticos. También se señala que el Tribunal Calificador de Elecciones tendrá 30 días contados desde la realización del plebiscito de entrada para calificar los resultados y la sentencia de proclamación será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.
Si la opción ganadora es elaborar una nueva Constitución, el Presidente tendrá que convocar, mediante decreto supremo exento, dentro de los cinco días siguientes a recibir la comunicación del Tricel, a elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, según corresponda.
En el artículo 137 se expone que la Convención tendrá un plazo de nueve meses como máximo para escribir el nuevo texto, el cual podrá prorrogarse, por una sola vez, por tres meses.
Vea texto íntegro del proyecto de reforma constitucional.
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