La moción de los senadores Chahuán, Bianchi, Durana, Guillier e Insulza, busca agregar atribución al Contralor General de la República en materia de resolución de contiendas de competencia.
Al respecto, el proyecto comienza indicando que en virtud de la ley N° 21.074, de fecha 15 de febrero de 2018, que estableció el fortalecimiento de la regionalización del país, se puede suscitar un conflicto de competencias cuando el gobernador regional y otra autoridad se consideren competentes para ejercer una misma competencia. Asimismo, agregan que puede haber conflicto de competencias cuando el gobernador regional y una autoridad administrativa se consideren incompetentes.
Luego, la moción explica que La solución ideal para dirimir estos conflictos, sería someterlos a la jurisdicción de los tribunales contencioso-administrativos, que lamentablemente no se consideran en nuestro ordenamiento jurídico, pese a que, en más de un falto, la Corte Suprema ha reclamado la necesidad de que existan, y que incluso se consideraba su existencia en el artículo 87 de la Constitución Política del Estado, de 1925.
Enseguida, los senadores exponen que ante la carencia de dicha jurisdicción, se estima pertinente entregar al Contralor General de la República, la solución de los conflictos que en ese ámbito se produzcan. Para tal efecto, se requiere agregar, como parte de las atribuciones que nuestra Carta Magna establece en su artículo 99 para dicha Autoridad Contralor, la de dirimir este tipo de conflictos.
En ese contexto, la presente moción expone que: “Artículo único: Modifíquese el artículo 99 de la Constitución Política de la República, en el siguiente sentido: Intercálese como nuevo inciso cuarto, pasando el actual cuarto, a ser quinto, con el siguiente texto:
"Resolver las contiendas de competencia que se susciten entre el gobernador regional y otras autoridades políticas o administrativas. En tal caso, el requerimiento deberá ser interpuesto por cualquiera de las autoridades en conflicto".
Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.
Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.
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